Desde octubre de 2025, es obligatorio para los administradores de propiedad horizontal en Colombia llevar un censo de las mascotas que residen en los edificios y conjuntos residenciales.
Puntos clave del censo de mascotas:
El censo busca llevar un registro actualizado de los animales domésticos (perros, gatos, etc.) para mejorar la convivencia y la seguridad en la propiedad horizontal.
La información que se debe registrar incluye los datos de contacto del propietario, la cantidad de mascotas, la especie y su identificación.
La responsabilidad de crear y mantener el censo recae sobre el administrador de la propiedad horizontal. Debe recolectar la información de los residentes para tener un registro completo y preciso.
La ley de propiedad horizontal no permite prohibir la tenencia de mascotas en los apartamentos. Sin embargo, los reglamentos internos sí pueden establecer reglas para garantizar la convivencia pacífica.
El reglamento interno de la copropiedad debe incluir normas específicas para los dueños de mascotas. Estas pueden abarcar el uso de zonas comunes, la recolección de excrementos y el control del ruido.
¿Qué sucede si no se cumple con el censo?
El incumplimiento del censo por parte de los administradores o propietarios podría llevar a sanciones, como multas impuestas por la Policía o las autoridades locales.
¿Qué no se puede hacer?
Prohibir a los propietarios tener mascotas dentro de sus apartamentos.
Aplicar sanciones que sean contrarias a la ley o que se basen únicamente en el censo sin un motivo justificado. .
Establecer en el reglamento interno medidas que excedan las facultades de la administración o que violen los derechos de los propietarios.